¿Qué es una colisión de baja intensidad? ¿Qué es un informe de biomecánica? ¿Es viable la demanda si emiten un informe biomecánico?
En muchas ocasiones las compañías aseguradoras remiten informes técnicos de biomecánica, con una serie de operaciones matemáticas que en conclusión vienen a referir al perjudicado que no se le reconoce la causalidad del daño y por ende no se le indemnizará, dichos informes se emiten cuando la compañía entiende que el accidente es una “colisión de baja intensidad” o colisiones muy livianas como para provocar lesiones al accidentado.
El informe de biomecánica se utiliza para acabar con el gran enemigo de los seguros, el latigazo cervical. Coinciden los expertos en que para que una persona sufra un latigazo cervical o una dolencia similar es necesario que se aplique sobre su zona cervical una fuerza de desplazamiento que haga que el cuello se mueva con brusquedad hacia detrás y hacia delante (de ahí lo de “latigazo”, por la trayectoria que describe el cuello de la víctima.
Sin embargo, el informe de biomecánica, viene a responder una pregunta general, a saber: ¿Qué fuerza de desplazamiento mínima es necesaria para que alguien sufra un latigazo cervical? Si se puede crear una cifra determinada por debajo de la cual se entendiera como imposible que los ocupantes de un coche sufrieran un desplazamiento, la cuestión se reduciría a analizar cada accidente de tráfico para determinar si la fuerza de desplazamiento supera o no esa barrera mínima.
Desvirtuar el informe biométrico como prueba:
Tras la reforma de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, las aseguradoras han sido las grandes beneficiadas, nadie tiene duda en este punto
Si los vehículos implicados sufren unos daños materiales inferiores entorno a unos 300 euros, el tramitador de la aseguradora responsable automáticamente su denomina el siniestro como “accidente de baja intensidad”. Es por ello que, si existe algún lesionado con daños cervicales remitirá al perjudicado una respuesta motivada rechazando las consecuencias del accidente. Ello imposibilitará que el accidentado pueda acudir a un médico forense y le obligará a contratar un perito médico o un despacho de abogados que cuente con uno.
Si el lesionado persiste e interpone una demanda, la aseguradora encargará un informe biomecánico a un despacho de ingenieros especializados en este tipo de asuntos. Uno de dichos ingenieros acudirá el día del juicio a intentar convencer al juez de que el impacto ha sido tan leve que es imposible que nadie haya podido salir lesionado.
La credibilidad que estos informes están obteniendo entre los jueces es bastante baja, salvo casos de colisiones muy leves que además coexistan con lesiones no demasiado acreditadas desde un punto de vista médico. No hemos de olvidar que, en opinión de los expertos, la fuerza del impacto es sólo una de las múltiples variables que pueden intervenir en la producción de un latigazo cervical.
No tenemos que olvidar que estos informes suelen estar cimentados sobre datos no objetivos, salvo que vengan reforzados por un informe de atestados, y es que los datos en que estos ingenieros se apoyan para llegar a sus conclusiones “científicas” suelen ser sólo suposiciones como, de facto suelen quitar los datos de las fotografías que los seguros les aportan, no siendo en absoluto exhaustivos.
Nuestra recomendación, consulten a un abogado experto en accidentes de tráfico, y sigan adelante con la demanda para que puedan prevalecer sus derechos.